Thursday, March 18, 2021

Leyes, reglamentos, ilusiones

Estación de paso Leyes, reglamentos, ilusiones Adrián Acosta Silva (Campus Milenio, 18/03/2021) https://suplementocampus.com/leyes-reglamentos-ilusiones/ Durante la semana pasada se dieron a conocer dos noticias importantes para la educación superior. Por un lado, el martes 9 de marzo se aprobó por parte de la Cámara de Diputados, la nueva Ley General para la Educación Superior (LGES). Por el otro, el CONACYT dio a conocer la aprobación de reformas al reglamento del Sistema Nacional de Investigadores. Ambas noticias tienen su historia, sus causalidades, sus casualidades, sus actores. Pero también son frutos de temporada. Y vale la pena tomar nota de algunas de sus implicaciones, texturas y alcances. La LGES, como se sabe, abroga la anterior Ley para la Coordinación de la Educación Superior (LCES), que data de hace 42 años (1978). La nueva legislación surge como exigencia que muchos actores antes y hoy planteaban como una necesidad: adecuar la legislación a un contexto que ya no es lo que solía ser. Pero también se origina por el interés político del oficialismo en turno: traducir y hacer efectivos los principios de obligatoriedad y gratuidad de la educación superior plasmados en la reforma al artículo tercero constitucional en mayo de 2019. Luego de un largo proceso de consultas, de discusiones, de pequeños ajustes, el Senado de la República la aprobó en diciembre del año pasado y la turnó a la Cámara de Diputados que, tres meses después, finalmente la aprobó, Lo que sigue ahora es el tour en los congresos estatales, que deberán aprobarla en las próximas semanas. Como se sabe, será suficiente que lo hagan la mitad más uno de esos órganos lesgislativos para que la ley sea obligatoria a nivel federal. El eslabón débil de la LGES es uno que había sido señalado desde hace tiempo: el financiamiento. Sabemos que los enunciados normativos no son realidades empíricas, pero con frecuencia asombrosa los legisladores asumen que cambiar las leyes significa cambiar las realidades. Una de las demandas, digamos, históricas, de las universidades públicas es asegurar financiamientos públicos suficientes y plurianuales que permitan establecer mínimos de certeza presupuestaria y procesos de planeación razonablemente estables. Esta demanda se resuelve en la LGES con la creación de un “Fondo nacional para el desarrollo de la educación superior” que permita hacer efectiva la gratuidad y obligatoriedad de ese sector. Y se plantea que esa será una prioridad presupuestal a partir del año próximo (2022). En condiciones de crisis y frente a las políticas de austeridad del actual gobierno, nadie sabe cómo se hará efectivo el bienintencionado enunciado. Otra de las complicaciones de la LGES es la relacionada con el gobierno de la educación superior. Se establece la creación de un “Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior” y la formulación con carácter de obligatoriedad de un programa sectorial de educación superior, así como los correspondientes Consejos (o Comités) y programas estatales. Como en experiencias anteriores (en la propia LCES), el “efecto matrioshka” -ese antiguo juguete ruso, donde una figura pequeña se oculta en una mayor- anima la ilusión de que la coordinación sistémica es un juego de mayor a menor. La lógica arriba-abajo domina el contenido del proceso de toma de decisiones sistémicas, colocando en tensión, nuevamente, la lógica descentralizadora de las autonomías institucionales con las exigencias centralizadoras de control y supervisión gubernamentales. En los que respecta al nuevo reglamento del SNI, se dejan intocados dos problemas de fondo y de forma. De un lado, el problema de los bajos salarios-base de los académicos e investigadores universitarios, que consolida al SNI como la versión mexicana del pago por mérito: un instrumento de compensación salarial permanente para el sostenimiento de quienes realizan prácticas científicas y tecnológicas. Por el otro lado, el problema de congruencia de las relaciones entre la posible aprobación de un nuevo marco normativo para la ciencia, la tecnología y la innovación, y la expedición de un reglamento que tendría que derivarse en buena lógica de las disposiciones normativas de la aún imaginaria Ley para la Ciencia, la Tecnología e Innovación impulsada por el propio CONACYT. Los tonos de preocupación, de reservas o de críticas a ambos instrumentos no se han hecho esperar, pero tampoco han escaseado las expresiones de júbilo, de festejo y de celebración en torno a ellos. Unos señalan las ambiguedades, contradicciones e insuficiencias de los cambios; otros, defienden las bondades y oportunidades que brinda el nuevo instrumental a las instituciones, científicos, estudiantes y profesores involucrados en la enseñanza, la investigación y la gestión de recursos. Esas tonalidades ya existían en el pasado reciente y permanecerán como el ruido de fondo de las nuevas normas. Lo que vale la pena valorar es si la racionalidad instrumental de las reformas tendrá efectos prácticos en entornos dominados por las nubes negras de la crisis financiera combinada con los prejuicios del oficialismo hacia mucho individuos, grupos e instituciones que se dedican al desarrollo de la educación superior, la ciencia y la tecnología. En esas circunstancias, el sentido y el contenido de los cambios corren el riesgo de convertirse, una vez más, en las nuevas máquinas de ilusiones del sector.

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